14 de març 2008

Ley de la Dependencia. Capítulo VIII y final.


Después de:

- 436 días de la implantación de la Ley
- la solicitud pertinente
- la visita de 3 trabajadoras sociales
- una reclamación a los Servicios Sociales del Ayuntamiento
- una queja al Síndic de Greuges de Catalunya
- la resolución del grado de dependencia de Grado 3 Nivel 2

¡¡¡Al fin llegó el Plan Individual de Asistencia (PIA)!!!

Hemos asistido a la llenada de boca generalizada de toda la clase política durante todas las elecciones sobre las bondades de la tan nombrada LEY de la DEPENDENCIA.

¡¡¡DEMAGOGIA!!!

Menudo despilfarro de trabajo propio y ajeno, menudo despilfarro de esperanzas, para tan paupérrimo resultado. Sí, señores y señoras, el resultado ha sido 0 patatero, o mejor sería decir 0 zapatero, señor presidente.
Éste ha sido el relato por capítulos del desarrollo de tan fabulosa Ley que debe de significar el cuarto pilar del estado del bienestar. Seguramente será el bienestar de cualquier otro pero no de algunos en igual situación a la mía. La excusa, ese fabuloso artículo que apunta la Ley que hace incompatibles la percepción de cualquier otra prestación de análoga naturaleza como por ejemplo el complemento de Gran Invalidez. Y ante ese punto nada que discutir. Lo curioso del caso es que la trabajadora social que fuera de plazo vino a comunicarme mi fabuloso PIA traía dos documentos. El primero el propio PIA y el segundo la renuncia al mismo. Mi respuesta fue que de ninguna de las maneras estaba dispuesto a renunciar a nada, es decir, al 0 zapatero que me pertoca mientras le preguntaba: ¿a qué demonios debo renunciar si nada me toca?
Triste balance, repito, 0 zapatero.