19 de març 2007

Puntos oscuros sobre la ley de la dependencia

En enero entró en vigor la llamada "Ley de la Dependencia" con la que más de uno de nuestros dirigentes se llena la boca e incluso se atreven a definirla como "Cuarto Pilar del Bienestar". Como irremediable usuario y "beneficiario" de esta ley me he tomado la molestia de leérmela de cabo a rabo por lo que puedo apuntar lo siguiente:
-En primer lugar la ley no está ni mucho menos desarrollada por lo que dependiendo de los matices podrá llegar a ser más o menos inservible o ineficaz.
-Hace incompatible la percepción de cualquier otro suplemento o ayuda como podría serlo el suplemento de "gran invalidez". Resulta que muchos de los "dependientes" somos a la vez grandes inválidos por lo que en la mayoría de los casos, y así debería ser, tenemos reconocido ese suplemento. Así que sumando la desaparición de la parte proporcional de ese suplemento más el copago del servicio que recibamos puede ser que en algún caso pasemos todavía a peor vida.
-El copago. Esto no deja de ser un puñal de doble filo. Una vez más el Estado y sus gobernantes se quedan a medio camino de nada. Por qué... ¿quién establecerá el precio del servicio que nos brinden? De esa valoración dependerá la cuantía de aquello que proporcionalmente (proporcionalidad no definida todavía) debemos aportar como "beneficiarios" de las pseudo ayudas del Estado.
-Plazas en residencias. Realmente, y con perdón, esto sí que me suena a falacia total. No hemos podido resolver el boom inmobiliario y ahora pretenden que nos creamos que en cuestión de menos de 10 años se construyan o existan por arte de magia residencias suficientes para abarcar a todo el parque dependiente español. Como ejemplo pondré el mío propio que tras consultar todos los servicios sociales oficiales existentes en ningún caso me han podido asegurar que en caso de una urgencia, como pueda ser la enfermedad de mi propia cuidadora, pueda disponer de una plaza en una residencia de discapacitados aunque sea transitoria.
Esto es sólo el aperitivo. Además, a todo esto, hay que sumar la próxima modificación de la ley que regula las pensiones. En primer lugar, al margen de la nueva normativa para el cálculo de la pensión, se modificará el punto en concreto con el que hasta ahora se asignaba la pensión de gran invalidez. Si bien venden esta modificación como una mejora para conseguir que esta prestación sea más equitativa la verdad es que para las pensiones más altas, o sea, para los que más cotizan a la seguridad social esta modificación representará una rebaja alrededor de un 10%. Si bien es verdad que para las pensiones más bajas presentarán aumentos que rondan el 25% me da la sensación de que una vez más se penaliza a aquellos que contribuyen más con su cotización y me huele a forma encubierta de beneficiar a aquellos que por una razón u otra no lo hacen de la misma manera. Reconozco que sobre este último comentario podríamos discutir muchas cosas como por ejemplo el hecho de que tal vez muchos no habían podido contribuir más por el tipo de trabajo que desempeñan pero también todos conocemos a alguien que pese a percibir ingresos sustanciales por su trabajo sólo declaran los mínimos exigidos.
Habrá que ver cómo se desarrolla la ley y los puntos que todavía no están del todo definidos. Quizá sea un tema de fe, pero de eso a mí me queda ya poca.

1 comentari:

Anònim ha dit...

De acuerdo contigo que a todos nos queda poquita fe en que las leyes puedan ayudarnos y protegernos cuando mas lo necesitamos, pero no son lo unico con lo que contamos. No pierdas tu fe en todo lo demas. Un beso.