18 de gener 2008

Ley de la Dependencia. Capítulo VI

Cuantas cosas han pasado en este tiempo, tiempo de elecciones, por otra parte, y claro está todos raudos a llenarse la boca con sus fabulosos logros y entre ellos esta abstracta Ley de la Dependencia.
¡Por cierto!, ¡felicidades Ley!, ¡has cumplido un año!
Aunque solo hayan 70 personas en Catalunya que se hayan visto beneficiadas de tus encantos has empezado a andar, aunque titubeante y sin personalidad definida, como cual bebé acabado de parir. ¡Ojalá nunca tengamos que definirte como malparida!
Tengo muchas novedades sobre el tema en mi caso en particular pero las dejaré para una nueva entrega. Ahora quiero centrarme en la campaña institucional que el Gobierno ha realizado y que aparece en todos los medios de comunicación televisivos. Es un anuncio en el que uno tras otro se plantean determinados supuestos que la Ley pretende contemplar. Ahora bien es de bastante mal gusto aquel en que aparece un tetrapléjico siendo alimentado por otra persona mientras una voz en off, una intérprete del lenguaje de los sordomudos y una línea escrita dice pomposamente: “o no tendrán tiempo para verlo”, refiriéndose a las bondades de la Ley. ¿Acaso insinúan que moriremos antes de recibir cualquier beneficio?
Tal vez tengan razón porque al paso que vamos eso pasará, y los que no mueran se morirán de asco.
Adelanto que la Administración se auto-otorga un plazo de 3 meses para cada uno de los pasos, es decir, solicitud de valoración, visita de la valoradora, resolución de la valoración, visita de la trabajadora social, propuesta de prestaciones…, y hasta aquí puedo leer porque en eso estamos y no sé cual es lo siguiente.
Seguiremos informando.