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14 de març 2008

Ley de la Dependencia. Capítulo VIII y final.


Después de:

- 436 días de la implantación de la Ley
- la solicitud pertinente
- la visita de 3 trabajadoras sociales
- una reclamación a los Servicios Sociales del Ayuntamiento
- una queja al Síndic de Greuges de Catalunya
- la resolución del grado de dependencia de Grado 3 Nivel 2

¡¡¡Al fin llegó el Plan Individual de Asistencia (PIA)!!!

Hemos asistido a la llenada de boca generalizada de toda la clase política durante todas las elecciones sobre las bondades de la tan nombrada LEY de la DEPENDENCIA.

¡¡¡DEMAGOGIA!!!

Menudo despilfarro de trabajo propio y ajeno, menudo despilfarro de esperanzas, para tan paupérrimo resultado. Sí, señores y señoras, el resultado ha sido 0 patatero, o mejor sería decir 0 zapatero, señor presidente.
Éste ha sido el relato por capítulos del desarrollo de tan fabulosa Ley que debe de significar el cuarto pilar del estado del bienestar. Seguramente será el bienestar de cualquier otro pero no de algunos en igual situación a la mía. La excusa, ese fabuloso artículo que apunta la Ley que hace incompatibles la percepción de cualquier otra prestación de análoga naturaleza como por ejemplo el complemento de Gran Invalidez. Y ante ese punto nada que discutir. Lo curioso del caso es que la trabajadora social que fuera de plazo vino a comunicarme mi fabuloso PIA traía dos documentos. El primero el propio PIA y el segundo la renuncia al mismo. Mi respuesta fue que de ninguna de las maneras estaba dispuesto a renunciar a nada, es decir, al 0 zapatero que me pertoca mientras le preguntaba: ¿a qué demonios debo renunciar si nada me toca?
Triste balance, repito, 0 zapatero.

18 de gener 2008

Ley de la Dependencia. Capítulo VI

Cuantas cosas han pasado en este tiempo, tiempo de elecciones, por otra parte, y claro está todos raudos a llenarse la boca con sus fabulosos logros y entre ellos esta abstracta Ley de la Dependencia.
¡Por cierto!, ¡felicidades Ley!, ¡has cumplido un año!
Aunque solo hayan 70 personas en Catalunya que se hayan visto beneficiadas de tus encantos has empezado a andar, aunque titubeante y sin personalidad definida, como cual bebé acabado de parir. ¡Ojalá nunca tengamos que definirte como malparida!
Tengo muchas novedades sobre el tema en mi caso en particular pero las dejaré para una nueva entrega. Ahora quiero centrarme en la campaña institucional que el Gobierno ha realizado y que aparece en todos los medios de comunicación televisivos. Es un anuncio en el que uno tras otro se plantean determinados supuestos que la Ley pretende contemplar. Ahora bien es de bastante mal gusto aquel en que aparece un tetrapléjico siendo alimentado por otra persona mientras una voz en off, una intérprete del lenguaje de los sordomudos y una línea escrita dice pomposamente: “o no tendrán tiempo para verlo”, refiriéndose a las bondades de la Ley. ¿Acaso insinúan que moriremos antes de recibir cualquier beneficio?
Tal vez tengan razón porque al paso que vamos eso pasará, y los que no mueran se morirán de asco.
Adelanto que la Administración se auto-otorga un plazo de 3 meses para cada uno de los pasos, es decir, solicitud de valoración, visita de la valoradora, resolución de la valoración, visita de la trabajadora social, propuesta de prestaciones…, y hasta aquí puedo leer porque en eso estamos y no sé cual es lo siguiente.
Seguiremos informando.

17 de novembre 2007

Ley de la Dependencia. Capítulo V

305 días después de la entrada en vigor de la Ley. Casualidades. Después de otro intento fallido de obtener una respuesta llamando al 900 300 500 y de que me informaran de que el plazo de resolución se había ampliado un mes por fin llegó la RESOLUCIÓN.
Por suerte el resultado de la misma era el esperado y a todas luces evidente. Pero en el mismo papel se me informa que la Administración dispone de un plazo de tres meses para que el asistente social de la zona venga a visitarme y me plantee, de acuerdo con mis necesidades, las posibles ofertas recogidas en la Ley. En primer lugar lo que me sobreviene es la nula esperanza y a quien haga falta y esté escaso de rezo me encomiendo para que él/la asistente social no sea aquella que hace ya unos cuantos años que dio carpetazo a mi carpeta, valga la redundancia, cuando solicite el servicio gratuito de teleasistencia. Mucho tiene que ver con el pasado y con el presente con el Artículo 31 de la ley en el que se dice que cualquier prestación será incompatible con cualquier otra de igual naturaleza que se reciba por parte del Estado como por ejemplo el complemento de gran invalidez. Por otra parte, si a noviembre se le suman tres meses nos plantamos en enero o en febrero del 2008 así que todo lo presupuestado para el 2007 se lo habrán ahorrado o se habrá esfumado.De la misma manera que dicen que la justicia cuando es lenta se convierte en injusta habría que aplicar esta misma teoría en el administrador que administra lento. Quizás no sea un problema de lentitud quizás sea aquello que metafóricamente hablando entenderíamos que el traje le va grande y encima no es sastre.

09 d’octubre 2007

Ley de la Dependencia. Capítulo IV

282 días de la entrada en vigor de la ley. Cuatro meses después de haber presentado la solicitud de valoración de mi grado de dependencia y tres meses después de que la valoradora apareciera por casa sigo sin recibir nada. Tal y como ellos me dijeron he esperado a que transcurriera septiembre para volver a llamar al fabuloso 900 300 500 y preguntar por mi resolución. Atentamente me atienden y me preguntan la fecha exacta del día en el que presenté la solicitud ya que dependiendo de esa fecha podrían ellos determinar si debería o no haber recibido ya la resolución. Respondo con el grave error de no saber de memoria la cifra exacta y me emplazan a que mire ese dato y que vuelva a llamar aportándolo. Así que sin dilación accedo al dato y vuelvo a marcar el 900 300 500. Como era de esperar no me atiende la misma persona pero esta vez cargado de argumentos formulo la misma cuestión pero... ¡sorpresa!, esta vez me piden la fecha exacta en la que acudió la valoradora a realizar su tarea. Como carezco de documento oficial que acredite la fecha sólo puedo divagar sobre la fecha sin poder concretar y la operadora que atiende mi llamada realiza un rápido cálculo mental para decirme que están "dentro del plazo" y que si en una semana no recibo nada vuelva a llamar aunque mantengo mis sospechas de que esta vez deberé aportar alguna especie de información seguramente inexistente.
¿Dentro de plazo?, ¡tendrán poca vergüenza! (Habría que combinar exclamación con interrogación, o no), si están 282 días fuera de plazo y ahora será una cuestión de ansiedad por nuestra parte por saber el resultado. 282 días se acercan a los 365 (o 366 si es bisiesto) que tiene un año por lo que por una cuestión u otra todo lo presupuestado para este año en la ley de la dependencia se lo podrán ahorrar, o no. Tal vez se lo hayan gastado en todo menos en los dependientes, ya sea para comisiones de seguimiento, evaluadores, burocracia, oficinas de atención, etc., una larga lista de complementos supuestamente necesarios para que nada escape al control de los descontrolados.
Todavía falta el último paso que supongo que necesitará también de otros tres meses para pensar y repensar en aquello que otros necesitan.
Esto en lugar de parecer un protocolo parece un putoculo y nosotros la mierda de siempre.

30 d’agost 2007

Ley de la Dependencia. Capítulo III

240 días de la entrada en vigor de la ley. Se acabaron las vacaciones y después de un verano lleno de disfunciones parece que la clase política se apresura a mostrar sus escasos activos. Entre ellos la tan sobada ley de la dependencia. Este lunes la clase política se ha apresurado a anunciar con bombo y platillo que "en esta semana" se recibirán las resoluciones de todos aquellos que solicitamos valoraciones de nuestra situación para podernos acoger a las prestaciones de esta ley. Supongo que querrían decir que "a partir de esta semana" y hasta "no se sabe cuando" por lo que se delimita el inicio pero en ningún caso el plazo final. Eso sí, con autosuficiencia se atreven a asegurar que en ningún caso se agotarán los tres meses de plazo máximo que contempla la ley. Y yo me pregunto... ¿pero de qué carajo hablan si ya hace nueve meses que la ley está en vigor?
Bueno, ya os contaré si la resolución llega esta semana u otra. Ahora parece que una vez recibamos esta resolución debemos ponernos en contacto con el Asistente Social de nuestra localidad que teóricamente dibujara un catálogo de prestaciones adecuadas para cada uno de nosotros. Sigo pensando que quizás lo mejor hubiese sido que desde un buen principio nos hubieran preguntado cuáles eran nuestras necesidades, pero bueno, como somos tristes mortales y deliberadamente catalogados como ignorantes necesitamos que un desconocido nos haga un milagrito por aquí y un milagrito por allí. Sobre esto vuelvo a formular otra pregunta... ¿qué demonios han hecho hasta el día de hoy todo el inacabable pelotón de Asistentes Sociales de las diferentes entidades públicas que cuentan con algunos de estos profesionales? Por ejemplo, pasemos a enumerarlos: el asistente social de nuestro correspondiente centro de atención primaria; el asistente social de nuestro correspondiente de centro de atención al discapacitado; el asistente social de nuestra alcaldía municipal de barrio (si vivimos en una gran ciudad); el asistente social de nuestras administraciones autonómicas respectivas (suponiendo que lo haya).
Algún día contaré mi historia personal de los contactos mantenidos con cada uno de ellos pero lo curioso de todo es que llevando más de 10 años conviviendo con una situación de flagrante discapacidad siempre fui el que tuve que contactar con ellos y no al revés, algo que ya por sí solo resulta curioso, pues quien luce las dificultades es el que esto escribe.
Como dice nuestro presidente no tenemos que abandonarnos en el pesimismo, ya estarán ellos para devolvernos a la realidad.
Seguiremos informando.

19 de juliol 2007

Ley de la dependencia. Capítulo II.

197 días de la entrada en vigor de la Ley. Hoy han venido a casa a realizar la valoración. Me encuentro en aquella tesitura en la que más que valorado o infravalorado los hechos me empujan a valorar a la valoradora, por qué... ¿puedo valorar a la valoradora?
La cuestión es que aparece un extraño en tu casa que no sabe nada de ti ni de lo que te ha costado llegar hasta el día de hoy con cierto talante "inquisidor" y cuestionador y que lo primero que te pide es que le des las manos, pero no como señal de saludo sino como aquel que examina o intenta descubrir a un impostor. ¡Por favor!, ¿es que no te has tomado la molestia de leer los informes médicos que acompañan la solicitud? Se ve que no. Luego las preguntas, constatación de la ignorancia total y el desconocimiento más alarmante de aquello que de forma pretenciosa se disponen a valorar. Bueno, bueno, si las esperanzas eran pocas con lo visto se disipan como el humo. Pero lo pretencioso no acaba ahí, de tal manera que como ya me es de sobras conocido (ventajas de haber trabajado en Seat) se utiliza la técnica aquella que consiste en pronunciar una frase debidamente bien construida, en el sitio exacto y el momento exacto para estrujar al máximo un único y bien aprendido conocimiento e intentar así deslumbrar al oyente como si se tratara de marcar el territorio y disimular todo un buen bagaje de incompetencia. ¡Menos mal!, menos mal que aparecen a los 10 años de tus penalidades y te preguntas ¿cómo he podido sobrevivir a toda mi desgracia, durante este tiempo, hasta que han aparecido estos salvadores?
No hay respuesta, la calma prepara la sutil venganza que los propios hechos y la evidencia brindarán. Al final como siempre, desde hace algunos años, acabas enseñando más de lo que puedas aprender y poco a poco la postura altiva del que interroga va mermando hasta convertirse en ser diminuto que a duras penas encuentra rincón donde esconderse. Pero es igual, al final el control de la sartén siempre acaba en manos del insignificante y claudicas devorando el poco orgullo que te concede la razón suplicando que la valoración sea, como mínimo, justa a la situación real de tus penas y con todo gastas tus caras sonrisas ante la examinadora que te asignaron. "Alea acta est", la suerte está echada, porque al final nada es científico y todo depende también de este factor aleatorio así que a ella nos encomendamos.
Sé de buena tinta el dineral que la administración lleva gastado en preparar "supuestamente bien" a todo este nuevo regimiento de valoradores, algo que me lleva a la terrible sospecha de que el presupuesto inicial para atender a los dependientes se habrá consumido para maquillar a unos cuantos mediocres. Y otra cosa más, de equipo multidisciplinar nada de nada. Aquí apareció una sola persona con su papel y su bolígrafo y que yo sepa esto nada tiene que ver con aquello que siempre me explicaron y entendí de la definición de un equipo multidisciplinar, que para poderlo llamar así deberíamos como mínimo poder usar el plural.
Al final te emplazan hasta finales del mes de septiembre (claro, las vacaciones son sagradas y menuda es la administración para no respetar esta suprema norma no escrita) momento en el que deberías haber recibido una resolución de la valoración y que en caso de no ser así utilices el milagroso número de teléfono 900 300 500, si aquel que al principio no ofrecía respuestas, para reclamar "qué pasa con lo mío". Parece ser, se comenta, se rumorea, que luego en función de la valoración aparecerá un asistente social que dibujara un mapa concreto de tus necesidades.
Bueno, bueno, con lo sencillo que sería preguntar.


08 de juny 2007

Ley de la Dependencia. Capítulo 1.

157 días después de la entrada en vigor de la Ley he podido entregar la solicitud de valoración. Reconozco no haber sido de los primeros ya que el día 21 del pasado mes de mayo se abrió el plazo de presentación de solicitudes pero ahora os explicaré porque no he sido de los primeros. En primer lugar no tenía claro si debía o no hacerlo ya que en una información emitida en un telediario se indicaba que a partir de determinado grado de invalidez no sería necesaria una nueva valoración. La información, aunque de forma ambigua, me la confirmó alguien que al final sí respondió a la llamada al teléfono 900 300 500. Digo ambigua porque si bien lo confirmo me dijo que aún siendo así debía presentar la solicitud de la misma forma que en caso contrario. Conseguir el modelo de solicitud en Internet no fue difícil aunque el descargado directamente de la página Web de la Conselleria pertinente no permitía su edición por lo que debías de complementarlo a mano o con la vieja Olivetti almacenada en el desván. En una de las hojas se relacionaba toda la documentación necesaria para complementarla solicitud y entre ellas figuraba la necesidad de adjuntar un informe médico de no más de dos años de antigüedad. Primer problema. Como "gran alivio" indicaba que en caso de no tener un informe de estas características era suficiente rellenar otro modelo de documento que se adjuntaba en la descarga y debidamente firmado por el médico de familia, antiguamente llamado de cabecera. Y allí que fui. Como siempre pagué la novatada ya que fue el primero que aquel buen señor se disponía a rellenar y me dejó la mitad de los campos del documento en blanco, incluso el número de la referencia de mi enfermedad en el Código Internacional de Enfermedades. No hubo problema, al final lo encontré yo mismo en Internet, la Sagrada Biblia de todo. El resto la documentación no me fue difícil recogerla ya que la tenía toda en mi poder y sólo tuve que fotocopiarla. Me miraba y remiraba aquel informe médico y me resultaba un tanto penoso tener que resumir todas mis malfunciones en aquel tristísimo papel así que reclame a mí especialista, que parece ser el único conocedor de mis deficiencias, tuviera a bien llenarme con la mayor brevedad posible el mismo modelo de informe, y como siempre se brindo a hacerlo raudo y veloz. Y así fue que a la semana y media de habérselo solicitado me llamó directamente a casa para decirme que ya estaba disponible en su consulta para pasarlo a recoger. Una vez más tengo que agradecerle otro favor que si bien podríamos entender que no lo que es no puedo renunciar a reconocerlo como tal simplemente por la predisposición y el interés que siempre muestra ante mis peticiones. Gracias Josep.
Ahora sólo toca esperar un tiempo indeterminado pero mis sospechas son de que quizás veamos acabar el año sin resultados ni noticias de esta fabulosa Ley por lo que tanto unos como otros se ahorrarán ciertas cantidades en el desarrollo de la ley e incluso los problemas de insuficiencia que ella comporte. Sólo hay que mirar el calendario para entender que falta poco menos de un año para las próximas legislativas. Qué mal pensado soy.
Seguiremos informando.

23 d’abril 2007

900 300 500

Cinco meses después de la entrada en vigor de la Ley de la Dependencia andamos todos todavía vagando por las oscuridades de la ambigüedad administrativa. Dicho de otra forma unos cuantos siguen perdidos, otros siguen realizando demagogia electoral gratuita llenándose la boca de falsas expectativas mientras que otros nos sumergimos en un mar de grandes decepciones. Todo esto es parecido al anuncio la semana pasada en el que la Ministra de Fomento anunciaba con gran pompa que indemnizaría los retrasos de RENFE en Cataluña superiores a 15 minutos con un billete gratuito del mismo trayecto pero, y aquí lo curioso, que este procedimiento no entraría en vigor hasta finales de junio. Mientras, hasta esas fechas, miles de catalanes seguirán llegando tarde a diario a su trabajo sufriendo las consecuencias de un mal servicio. Es como enseñar un caramelo a un niño para luego abofetearlo mientras le exigimos que ese caramelo no podrá tocarlo hasta de aquí un mes. Lo de RENFE me parece una auténtica barbaridad por no decir canallada. Es como decir "como somos incapaces de solucionar el problema vamos a comprar vuestro silencio con una menudencia". A los catalanes nos siguen tratando como siempre, nos compran con cuatro duros.
Otra cosa es lo de la Ley de la Dependencia. La semana pasada salió el Ministro todo gozoso exhibiendo números y propósitos. En la información, los medios de comunicación aderezaban la noticia con un número teléfono de información que la Administración había puesto a disposición de todo aquel que estuviera interesado en el tema. El teléfono es el 900 300 500. Esta mañana con la intención de tomar el pulso del estado de las cosas he usado este recurso y a continuación transcribo el resultado de la conversación:

-Teléfono de información del Departamento de Acción Social y Ciudadanía. Dígame.
-Buenos días, quisiera informarme sobre un tema en concreto que contempla la nueva Ley de la Dependencia.
-A día de hoy todavía no tenemos nada sobre la normativa de esta ley... (es decir, no tenemos ni puta idea sobre este tema). Llame la próxima semana a ver si ya sabemos algo.
-¿La próxima semana?
-Sí... (prolongado silencio), de nada. (La operadora cuelga el aparato)

Y esto es todo lo que ha dado de si por el momento la implantación de la ley cinco meses después de su entrada en vigor. (Aplausos)

19 de març 2007

Puntos oscuros sobre la ley de la dependencia

En enero entró en vigor la llamada "Ley de la Dependencia" con la que más de uno de nuestros dirigentes se llena la boca e incluso se atreven a definirla como "Cuarto Pilar del Bienestar". Como irremediable usuario y "beneficiario" de esta ley me he tomado la molestia de leérmela de cabo a rabo por lo que puedo apuntar lo siguiente:
-En primer lugar la ley no está ni mucho menos desarrollada por lo que dependiendo de los matices podrá llegar a ser más o menos inservible o ineficaz.
-Hace incompatible la percepción de cualquier otro suplemento o ayuda como podría serlo el suplemento de "gran invalidez". Resulta que muchos de los "dependientes" somos a la vez grandes inválidos por lo que en la mayoría de los casos, y así debería ser, tenemos reconocido ese suplemento. Así que sumando la desaparición de la parte proporcional de ese suplemento más el copago del servicio que recibamos puede ser que en algún caso pasemos todavía a peor vida.
-El copago. Esto no deja de ser un puñal de doble filo. Una vez más el Estado y sus gobernantes se quedan a medio camino de nada. Por qué... ¿quién establecerá el precio del servicio que nos brinden? De esa valoración dependerá la cuantía de aquello que proporcionalmente (proporcionalidad no definida todavía) debemos aportar como "beneficiarios" de las pseudo ayudas del Estado.
-Plazas en residencias. Realmente, y con perdón, esto sí que me suena a falacia total. No hemos podido resolver el boom inmobiliario y ahora pretenden que nos creamos que en cuestión de menos de 10 años se construyan o existan por arte de magia residencias suficientes para abarcar a todo el parque dependiente español. Como ejemplo pondré el mío propio que tras consultar todos los servicios sociales oficiales existentes en ningún caso me han podido asegurar que en caso de una urgencia, como pueda ser la enfermedad de mi propia cuidadora, pueda disponer de una plaza en una residencia de discapacitados aunque sea transitoria.
Esto es sólo el aperitivo. Además, a todo esto, hay que sumar la próxima modificación de la ley que regula las pensiones. En primer lugar, al margen de la nueva normativa para el cálculo de la pensión, se modificará el punto en concreto con el que hasta ahora se asignaba la pensión de gran invalidez. Si bien venden esta modificación como una mejora para conseguir que esta prestación sea más equitativa la verdad es que para las pensiones más altas, o sea, para los que más cotizan a la seguridad social esta modificación representará una rebaja alrededor de un 10%. Si bien es verdad que para las pensiones más bajas presentarán aumentos que rondan el 25% me da la sensación de que una vez más se penaliza a aquellos que contribuyen más con su cotización y me huele a forma encubierta de beneficiar a aquellos que por una razón u otra no lo hacen de la misma manera. Reconozco que sobre este último comentario podríamos discutir muchas cosas como por ejemplo el hecho de que tal vez muchos no habían podido contribuir más por el tipo de trabajo que desempeñan pero también todos conocemos a alguien que pese a percibir ingresos sustanciales por su trabajo sólo declaran los mínimos exigidos.
Habrá que ver cómo se desarrolla la ley y los puntos que todavía no están del todo definidos. Quizá sea un tema de fe, pero de eso a mí me queda ya poca.